En un mundo cada vez más interconectado, el ciberespacio se ha convertido en un vasto territorio donde las reglas parecen difusas o, en muchos casos, simplemente inexistentes.
La República Dominicana, como muchos países de la región iberoamericana, ha tenido constantes y veloces avances en el Internet y otras tecnologías. Estos crecimientos superan ampliamente los marcos regulatorios y legislativos para mantener el orden dentro del ciberespacio.
La falta de normas efectivas en lo que concierne a proteger usuarios y regular el ciberespacio siempre ha creado una nubosidad legal misteriosa. Por eso hay que examinar brevemente la historia detrás de las legislaciones en cuanto a las tecnologías en el país.
A finales de la década de los noventa cuando se habilita al mundo la conexión de la World Wide Web a través del Internet. Esto provocó un hito fundamental, pues impulsó a muchos países, proveedores y demás telecomunicaciones a regular el arribo del Internet.
En el año 2001 se promulgó el Convenio de Budapest sobre ciberdelincuencia. Este documento entró en vigor en el año 2004 y desde entonces República Dominicana es signataria. El objetivo principal de esta carta es abordar las cuestiones de ciberseguridad en Internet y cómo los países firmantes pueden cooperar contra los delitos cibernéticos.
En el caso dominicano, estos sucesos resultaron en la redacción y promulgación de una serie de normativas y resoluciones[1]que, por un buen tiempo, regularon el Internet y el ciberespacio, y asimismo intentaron proteger a los usuarios.
Decir que el Internet no es el mismo de hace 20 años no resulta ser última hora, pues ahora es más rápido y accesible desde múltiples lugares y dispositivos. Así como mejoró el Internet creció el ciberespacio y sus cibernautas, de esta forma las redes sociales reemplazaron a los medios tradicionales[2] y el surgimiento de las nuevas tecnologías disruptivas[3].
Todo esto nos deja con una especie de enigma que hace cuestionar algunas cosas: ¿Cómo regulamos el ciberespacio y el Internet? ¿Qué se puede hacer respecto a la protección efectiva de los usuarios?
Hablar de legislar a favor del ciberespacio y el Internet no es para nada sencillo. Es imperativo que las regulaciones sobre estos temas aborden la ciberseguridad, privacidad, libertad de expresión y acceso universal.
Las tecnologías, el Internet y el ciberespacio así como para muchos puede resultar una herramienta, para otros puede ser un arma difícil de presentar como cuerpo del delito. Es por esto que resulta importante garantizar la protección de los internautas y esto se logra mediante la cooperación internacional para promover la seguridad hacia las personas. Además, a través de normativas modernas que aborden directamente estos temas.
Actualmente, en República Dominicana, existen seis normas relativas Internet. Y solamente dos de esas seis protegen a los usuarios que es la ley número 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología. Esta ley se centra en garantizar la seguridad de los usuarios frente a los delitos cometidos en el ciberespacio. También, está la ley número 172-13 sobre la protección integral de datos personales, dicha norma protege y garantiza los derechos de initimidad de las personas.
Desde unos años se encuentran varias propuestas del Poder Ejecutivo y Legislativo sobre asuntos correspondientes a una posible regulación del ciberespacio y la necesaria protección de amenazas a las personas que diariamente lo utilizan.
Debe haber más ejecución frente a la inactividad de las propuestas legislativas y asimismo retomar las instituciones[4]responsables de velar por el buen funcionamiento del mundo digital. La ausencia de normativas que permitan crear un ciberespacio y acceso a Internet seguro en el país nos deja en una realidad difícil de entender.
Los riesgos y problemas que este enigma legislativo trae son importantes pues afectan una serie de derechos fundamentales de los internautas y cibernautas que a diario utilizan el Internet para acceder al ciberespacio. Sin normas los ciberdelincuentes quedan impunes, la seguridad nacional puede estar comprometida ante ciberataques y los usuarios quedan desprotegidos.
El camino por recorrer es largo pero aún se puede tomar acción y no solo quedarnos en los acuerdos internacionales e interinstitucionales que son determinantes ya que su protección sólo sirve para ciertos actores gubernamentales. Hasta que no se aumente o cambie el marco regulatorio se continuará en un enigma legislativo respecto a esta materia que evoluciona velozmente.
[1] Véase las leyes núms. 153-98, 126-02, 53-07, 172-13, 310-14 y 1-12; así como los reglamentos: sobre Ciberseguridad para la prestación del servicio de acceso a Internet y de Seguridad Cibernética y de la Información en el sistema financiero.
[2] Véase el informe de este año de Reuters Institute for the Study of Journalism: https://reutersinstitute.politics.ox.ac.uk/sites/default/files/2023-06/Digital_News_Report_2023.pdf
[3] Entre las tecnologías disruptivas se pueden observar: la Inteligencia Artificial, Internet y Realidad Virtual y Aunentada.
[4] Entre estas instituciones se pueden mencionar: el Centro Nacional sobre Ciberseguridad, la Oficina Gubernamental de Tecnología de la Información y Comunicación y el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones.
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